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Enciclopedia de la Política Rodrigo Borja
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Tasa

by Rodrigo Borja
3 julio, 2018
in Sin categoría
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            Este concepto macroeconómico tiene al menos dos grandes significados. El uno se refiere a la medida en que una determinada >variable económica, social o estadística experimenta cambios cuantitativos durante un período de tiempo. Se habla, en consecuencia, de la tasa de inflación, de desempleo, de mortalidad infantil, de crecimiento o de cualquier otro elemento de la economía o de la sociedad. La otra significación es tributaria. Tasa es una especie de tributo que exige la autoridad pública a los particulares por el uso de un servicio.

            Los tributos se dividen, de acuerdo con la teoría clásica, en <impuestos, tasas y <contribuciones especiales. Las tasas son contraprestaciones dinerarias que se pagan por la prestación de un servicio público. Deben guardar proporcionalidad con la magnitud de esa prestación. Y deben tributarse en la medida estrictamente necesaria para financiarla.

            Ya que la tasa sirve para costear la operación de un servicio público, ha de haber siempre una proporcionalidad entre el uso del servicio y su contraprestación económica, que es la tasa.

            Las recaudaciones de las tasas fiscales engrosan los flujos de ingresos del presupuesto del Estado, juntamente con la de los otros tributos.

            La tasa se diferencia del <impuesto en que representa el pago de una cuota individual para financiar el coste de producción de un servicio del que se ha beneficiado el contribuyente. Entre el tributo y el servicio debe existir una estricta correspondencia. La cuantía del servicio requerido es determinable y divisible para los usuarios. En cierto sentido la tasa representa un pago voluntario porque no está obligado a él quien no utiliza la prestación estatal. Ella es una contraprestación y se rige por el criterio bilateral y conmutativo. El impuesto, en cambio, es una tributación general. Lo paga toda la población y no solamente los usuarios de un servicio. Por tanto, la obligación tributaria no depende de si se use o no una prestación estatal. Es un tributo indistinto e indivisible.

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