Es, en su más simple definición, el mecanismo para convertir votos en escaños como culminación de un proceso eleccionario. En todo acto electoral se plantea el problema de traducir las voluntades políticas de los electores, plasmadas en los votos que han depositado en las urnas, en la asignación de los cargos de naturaleza representativa que están en disputa. Esta operación es indispensable en los regímenes democráticos cuyos gobernantes se designan por medio de la expresión volitiva de los ciudadanos electoralmente expresada. Los votos recogidos deben contabilizarse y después convertirse en escaños. Los procedimientos para realizar esta conversión se llaman “sistemas electorales” y suelen ser de muy variada naturaleza, aunque pueden ser reducidos a dos fundamentales: el mayoritario y el proporcional.
El sistema mayoritario, llamado también de pluralidad, es aquel en que se declara triunfador al candidato que obtiene la mayoría de votos, sea absoluta o relativa. Este método no refleja con mucha fidelidad la voluntad “disgregada” y múltiple de los votantes, favorece a los candidatos o partidos fuertes y mediatiza la participación de las minorías. El sistema proporcional, en cambio, promueve una representación política más fiel al tratar de reflejar lo más cercanamente posible la diversificada voluntad de los electores. Busca establecer la mayor correspondencia factible entre el número de votos y el de escaños, aunque esa concordancia no pueda ser total.
La opción alternativa está planteada, entonces, entre representación por mayoría o la representación por proporcionalidad.
No obstante se pueden distinguir en el primer sistema dos clases de mayorías: la absoluta y la relativa. La primera reúne más de la mitad de los sufragios y la segunda lo es con respecto a otras, aunque no alcance a sobrepasar la mitad de los votos depositados. El método del <balotaje o de segunda vuelta en las candidaturas unipersonales tiene precisamente el propósito de alcanzar la mayoría absoluta para ser elegido.
Los sistemas proporcionales obedecen a dos distintos tipos. El primero de ellos se denomina de representación proporcional pura y elimina todas las barreras legales posibles en el procedimiento para la asignación de puestos, de modo tal que los votos se convierten en escaños con las menores distorsiones. Nunca se alcanzará la proporcionalidad plenamente. Ésta resulta un “imposible matemático” porque no hay manera de establecer una relación de proporcionalidad perfecta entre un volumen tan grande de votos, depositados en favor de múltiples partidos y grupos políticos, y un número tan reducido de escaños. Luego la distorsión resulta inevitable. El segundo tipo es el llamado de representación proporcional impura o restringida, que mediatiza el efecto del número de votos en la asignación de los puestos electivos a través de ciertas barreras legales —dinteles mínimos, forma de las listas, métodos de cálculo— a fin de canalizar los votos hacia las candidaturas más fuertes y concentrar en ellas los escaños disponibles. Este sistema limita desde el inicio el número de candidaturas con opción de acceder a los cargos representativos en disputa. Afecta conscientemente las decisiones de los votantes al orientarlas hacia los partidos que están en posibilidad de sobrepasar las barreras impuestas. Entraña una tendencia a favorecer a los partidos y candidaturas más poderosos en perjuicio de los menores y a facilitar la formación de mayorías en el parlamento.
Esto ha dado lugar a las llamadas “leyes de Duverger” y “leyes de Sartori” en virtud de las cuales el sistema de mayoría conduce al dualismo partidista mientras que el de representación proporcional favorece el pluripartidismo.
En efecto, Maurice Duverger a comienzos de los años 50 del siglo anterior sostuvo que el método de la mayoría relativa tendía a producir el sistema de dos grandes partidos al paso que el de representación proporcional llevaba al multipartidismo. Sin embargo, hay demasiados casos que contradicen el planteamiento del tratadista francés como para aceptarlo como ley. En varios Estados existen regímenes pluripartidistas con métodos de mayoría relativa y en otros los bipartidismos se combinan con la <representación proporcional. De modo que las leyes de Duverger parecen no tener mucha consistencia.
Él se fundó en dos consideraciones para sostener su tesis: en el efecto “mecánico” o funcional que disminuye la presencia de los partidos perdedores, y luego en el efecto psicológico que mueve a los electores a no “desperdiciar” sus votos. Pensó firmemente que el primer método electoral desalentaba a los políticos en cualquier intento de formar terceros partidos, sin verdadera opción de poder, y que los votantes, por su parte, no estaban dispuestos a esterilizar sus votos en apoyo a partidos sin capacidad de obtener representantes en el parlamento. Se suscitó entonces la cuestión del “voto útil”, que ha sido tan determinante en el curso de los acontecimientos políticos de los últimos tiempos. El elector, después de plantearse el problema de qué partido le será más beneficioso, reflexiona seriamente si el partido de sus simpatías tiene posibilidades de ganar. Si llega a la conclusión de que no las tiene dará “utilidad” a su voto al sufragar por otro partido que tenga mejor opción.
El politólogo italiano Giovanni Sartori (1924-2017) reformuló en 1985 los principios enunciados por Duverger y los concretó en cuatro leyes “tendenciales” que llevan su nombre. La primera de ellas sostiene que los sistemas electorales de mayoría relativa facilitan la formación del bipartidismo en los países que cuentan con partidos sólidamente constituidos. La segunda establece que los sistemas de mayoría relativa presionan por la eliminación de los partidos situados debajo de los grandes. La tercera afirma que mientras mayor es la “impureza” del sistema de representación proporcional más acusado es su efecto reductor sobre la fuerza y, por tanto, sobre el número de los partidos políticos, a menos que éstos sean lo suficientemente vigorosos para resistir el embate del sistema. Y la cuarta sostiene que el método proporcional “puro”, esto es, el que impone el menor número posible de barreras y trata de proyectar con la mayor fidelidad la voluntad de los electores, fomenta la existencia de tantos partidos como tendencias de opinión popular los respalden.
Por supuesto que las causas profundas y estructurales de los sistemas de partidos deben hallarse en el grado de homogeneidad y cohesión social de un país y no en los sistemas electorales. Mientras menores son los motivos de confrontación interna mayor es la tendencia hacia el dualismo de partidos. La dispersión de éstos se origina en los factores de discrepancia cultural, política, económica, étnica y religiosa que lleva en su seno una sociedad. Las leyes de Duverger y de Sartori sólo facilitan o dificultan la manifestación de las tendencias sociales endógenas, que son mucho más profundas que los sistemas electorales.
Hay varios procedimientos matemáticos para aproximarse a la proporcionalidad en la operación de convertir votos a escaños. El más conocido es el del cociente electoral. Llámase cociente a la cifra que resulta de dividir una cantidad por otra y que indica cuántas veces está contenido el divisor en el dividendo. En este caso el dividendo es el total de votos válidos de un partido, el divisor es el número de escaños a repartirse y el cociente —cociente electoral— es el resultado de esta división, que sirve como cifra repartidora para adjudicar los escaños. De modo que este método consiste en dividir los votos válidos obtenidos por cada lista en una circunscripción electoral —que puede ser nacional, regional, distrital o provincial— por el número de escaños en disputa. Obtenido el cociente electoral, o sea la cifra repartidora, se adjudica a cada lista un escaño por cada vez que el cociente esté contenido en el número de sus votos.
Sin embargo, hay distintas maneras de hacerlo. Una de ellas es la del doble cociente que consiste en dividir el total de votos válidos de una circunscripción electoral por el número de puestos a llenarse, operación de la que resulta el primer cociente o cociente eliminador. Todas las listas que no hayan alcanzado una cantidad de votos igual, por lo menos, a la mitad de dicho cociente quedan eliminadas del escrutinio. El total de los votos válidos de las listas no eliminadas se vuelve a dividir por el número de puestos y el resultado es el segundo cociente o cociente distribuidor, con el cual se hace la adjudicación de puestos. Cada una de las listas que sirvieron de base para hallar el cociente distribuidor tiene derecho a tantos puestos cuantas veces cupiere dicho cociente en el total de sus votos válidos. Hecha esa operación, los puestos restantes se adjudican a las listas con los residuos mayores, en orden descendente.
El llamado método d’Hondt —que toma el nombre de su inventor, el matemático belga Víctor d’Hondt— consiste en dividir los votos de cada una de las diferentes listas sucesivamente por 1, 2, 3, 4, 5, etc. y luego ordenar los cocientes de mayor a menor y asignar en ese orden los escaños disponibles. Ejemplo: en una circunscripción electoral se han depositado 200 mil votos para elegir diez diputados. De esos votos: 83.200 corresponden al partido “A”, 67.600 al partido “B” y 49.200 al partido “C”. Estas cifras se dividen sucesivamente por 1, 2, 3, 4 y 5 y los cocientes de esta división se colocan en orden de importancia. Al dividirse por 1 el partido “A” tiene el cociente más alto con 83.200 y le siguen el partido “B” con 67.600 y el partido “C” con 49.200. Por consiguiente a cada uno de ellos se le asigna un escaño. Al dividirse por 2 el partido “A” tiene 41.600, el partido “B” 33.800 y el partido “C” 24.600. En función de estos cocientes y en su orden se entrega un escaño a cada uno de los partidos. Hasta este momento están asignados 6 de los 10 puestos. Al dividirse por 3 el partido “A” obtiene 27.733, el partido “B” 22.533 y el partido “C” 16.400. En consecuencia, cada uno de los dos primeros se lleva un nuevo escaño y al partido “A” se le asigna uno adicional porque, en la siguiente división por 4, su cociente (20.800) es más alto que el cociente que obtuvo el partido “C” en la anterior división por 3 (16.400). Con estas operaciones se han asignado nueve escaños y queda uno pendiente, que se entrega al partido “B” que en la división por 4 tiene el segundo cociente más alto. Con lo cual los partidos “A” y “B” obtienen cuatro escaños cada uno y el partido “C” dos.
Este es un método de fácil operación y aceptablemente proporcional, aunque beneficia ligeramente a los partidos más grandes.
Un procedimiento distinto fue el propuesto en 1857 por Thomas Hare. Su método, denominado del cociente natural, consiste en dividir los votos válidos obtenidos por cada lista en una circunscripción electoral —que puede ser nacional, regional, distrital o provincial— por el número de escaños en disputa. Obtenido el cociente electoral, o sea la cifra repartidora, se adjudica a cada lista un escaño por cada vez que el cociente está contenido en el número de sus votos. Pero como es prácticamente imposible que la suma de votos de las diferentes listas sean múltiplos del cociente, de modo que siempre quedan votos sobrantes y puestos sin distribuir, al final de la operación los escaños residuales se asignan de alguna manera, que puede ser en función del mayor residuo, el menor residuo o el mayor promedio.
Con base en él se han formado también otros métodos de cálculo, como el de Droop —que lleva el nombre del abogado inglés Henry Droop, quien lo propuso en 1868— que divide el número de votos válidos por el número de puestos a distribuir más uno; el imperiali o de Hagenbach-Bischoff que reparte la suma de votos válidos para el número de escaños más dos; el Hare-Niemeyer cuya fórmula de cálculo es: votos x puestos -:- cifra total de votos. Hay también otros: el de Sainte Laguë, el danés y el de Huntington, que al proponer series matemáticas distintas como divisores, establecen relaciones votos-escaños más favorables a los partidos pequeños.