Se llamó así a la política establecida en 1870 por Catalina II, emperatriz de Rusia, y por su canciller Panin, para proteger por las armas el derecho de navegación y de transporte de los barcos de los países neutrales.
La llamada “primera neutralidad armada de 1870”, bajo la conducción de Rusia, defendió la tesis de que los cargamentos de propiedad de los países beligerantes que eran transportados por barcos neutrales (salvos, naturalmente, armamentos y afines, que eran considerados contrabando de guerra), no debían sufrir daño ni ser presas de guerra del mismo modo que las cargas neutrales transportadas en barcos enemigos.
Con ello se opuso a la vieja tesis sostenida desde 1650 por Holanda —país neutral que no quería ver menoscabado su tráfico comercial— de que “barcos libres hacían mercaderías libres” y de que “barcos enemigos hacían mercaderías enemigas”. Esta tesis, si bien exoneraba de riesgos a las mercaderías transportadas por barcos neutrales aunque estuvieran destinadas a países beligerantes, permitía la confiscación de la carga neutral a bordo de buques mercantes enemigos.
La navegación de barcos comerciales en tiempo de guerra fue siempre un problema muy delicado porque, de un lado, los países beligerantes, a título de impedir los “contrabandos de guerra” a favor de sus enemigos, interceptaban barcos de países neutrales y cometían toda clase de abusos; y de otro, bajo la enseña de la neutralidad, buques de países neutrales a veces aprovisionaban a uno de los beligerantes, violando el estatuto de la neutralidad.
Esto produjo con frecuencia el ataque de las escuadras en guerra a barcos de países neutrales en tránsito inocente o la confiscación de mercaderías de países neutrales transportadas por naves de los países beligerantes. Lo cual conspiró contra la seguridad del comercio.
Frente a eso, Rusia, Prusia, Suecia y Dinamarca celebraron en el año 1800 un convenio que se esforzó en precisar los derechos de los neutrales a defender sus costas, sus mares, sus flotas mercantes y sus mercaderías, aun con el uso de la fuerza. Fue la denominada “segunda neutralidad armada”. Estos países reafirmaron su prerrogativa de no verse envueltos en la guerra pero al mismo tiempo defendieron la de la navegación inocente de sus barcos y la transportación de objetos que no fueran considerados como contrabando de guerra.
Los principios que entonces se establecieron fueron reconocidos más tarde, con carácter general, por el Congreso de París de 1856 que acordó que “la bandera neutral cubre las mercaderías enemigas, con excepción del contrabando de guerra” y que “las mercaderías neutrales, con excepción del contrabando de guerra, no están expuestas a captura aunque se encuentren bajo la bandera del enemigo”.
Algunos tratadistas consideraron en ese tiempo que la única neutralidad eficaz era la “neutralidad armada”. Los Estados Unidos se acogieron a ella, aunque no sin dificultades. Después de haber declarado su neutralidad en la guerra entre Inglaterra y Francia en 1793 tuvieron que luchar duramente para defender sus derechos contra las reclamaciones excesivas de los beligerantes.