Se denomina así al status jurídico-político de Puerto Rico bajo la dependencia de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico está compuesto por la isla de Puerto Rico, situada a 1.610 kilómetros al sureste de Florida, y las pequeñas islas Culebra, La Mona y Vieques, además de varios islotes, con una superficie total de 9.104 kilómetros cuadrados. Tenía una población estimada de 3’966.468 habitantes en el año 2006. La capital es San Juan, con 417.154 habitantes. Cerca de cuatro millones de boricuas han emigrado hacia Estados Unidos, según estadísticas del 2008. En Nueva York hay más puertorriqueños que en la ciudad de San Juan.
Puerto Rico es una de las islas de mayor densidad demográfica en el planeta, con 438 habitantes por kilómetro cuadrado. Las proyecciones para el año 2025 son de 4´615.000 habitantes.
La denominación de Estado Libre Asociado fue escogida en 1952 por la asamblea constituyente puertorriqueña como equivalente a la expresión inglesa <commonwealth con la que en el Reino Unido se designa a la comunidad política formada por la metrópoli y sus “dominios” de ultramar, vinculados por asociación voluntaria a su sistema político. La asamblea constituyente consideró inadecuado llamar a esta forma de vinculación política “associated free state” porque la palabra “state” en Estados Unidos designa a cada uno de los distritos que integran su organización federal y esto habría suscitado confusiones. Entonces optó por el nombre de commonwealth en inglés o de Estado Libre Asociado, en español.
En realidad, la denominación es arbitraria ya que Puerto Rico no es realmente un <Estado puesto que carece de soberanía, y la soberanía es uno de los elementos esenciales del Estado. No puede haber Estado sin soberanía, esto es, sin la facultad para dirigir sus pasos por voluntad propia. Y en el caso de Puerto Rico las decisiones fundamentales de gobierno las toma el Congreso de Estados Unidos. La Constitución y leyes puertorriqueñas están condicionadas por el ordenamiento jurídico norteamericano. En varias fases la Ley de Relaciones Federales aprobada por el Congreso de Washington está por encima de las normas constitucionales puertorriqueñas. La Asamblea Legislativa de la isla no puede legislar sobre materias que la Constitución de Estados Unidos considera de competencia federal. El propio estatuto constitucional de Puerto Rico, aprobado por su asamblea constituyente el 6 de febrero de 1952 y ratificado después mediante referéndum por el pueblo puertorriqueño, necesitó la aquiescencia del Congreso de Estados Unidos para entrar en vigencia. Y éste, al otorgarla, suprimió de aquél toda la Sección 20 referida a los derechos sociales de los puertorriqueños.
Lo cual significa que Puerto Rico tiene un cierto grado de autonomía mas no soberanía.
No obstante, la fórmula del Estado Libre Asociado (ELA) —inspirada por el desaparecido líder del Partido Popular Democrático de Puerto Rico, Luis Muñoz Marín— representó en ese tiempo un importante progreso con relación a las vinculaciones de colonialismo absoluto en que estuvo la isla desde el 25 de julio de 1898, cuando las tropas norteamericanas desembarcaron en Guánica, tomaron posesión del territorio y asumieron su completo control político. Hasta ahora se discute si el desembarco fue una “invitación” de los “anfitriones” puertorriqueños, como sostienen los partidarios de la estadidad de Puerto Rico, que anhelan su incorporación como un nuevo estado a la Unión Norteamericana, o si fue una “aventura imperialista”, como dice Rafael Hernández Colón, el líder del autonomismo puertorriqueño, o una “invasión militar”, según postulan los miembros del Partido Independentista de Puerto Rico, que pugnan por la emancipación política de la isla y la recuperación de su soberanía.
Invitado por los independentistas, estuve en Puerto Rico el 25 de agosto de 1998 en que se conmemoraban los 100 años de la invasión norteamericana y me llamó la atención que se convocaran dos grandes actos de masas en Guánica: el de los anexionistas del Partido Nuevo Progresista, encabezados por el gobernador Pedro Roselló, que festejaban alborozados el ingreso de las tropas del norte y saludaban ese hecho como una jornada histórica de beneficio para la isla; y el de los militantes del Partido Independentista que condenaban la invasión y reafirmaban su vocación emancipadora, cuya tribuna me fue grato ocupar aquel día.
En el momento del desembarco de las tropas norteamericanas Puerto Rico era culturalmente una >nación, o sea una colectividad con individuidad propia. Como hace notar Rafael Hernández Colón, ya había escrito Manuel Alonso "El Jíbaro", obra que recogió la esencia de la puertorriqueñidad. Gautier había cantado a Borinquen. Tapia había denunciado en "La Cuarterona" la discriminación racial. En "La Peregrinación de Bayoán" Hostos había hecho su alegoría política. Zeno Gandía había escrito su novela "La Charca". Campeche —según Hernández Colón, el mejor retratista iberoamericano de su tiempo— había trazado la imagen de la naciente identidad puertorriqueña. Había alcanzado notoriedad Oller con su pintura de crítica social. Morell Campos y Tavárez habían entregado sus danzas. Betances había sufrido las consecuencias de su postura independentista frente a España. La bandera puertorriqueña había sido bordada por Mariana Bracetti. Y Muñoz Rivera había pugnado por la carta autonómica para su país.
En lo económico la isla giraba en torno a las grandes plantaciones de caña y a los ingenios azucareros, que empleaban a buena parte de la población y le pagaban salarios de hambre. Había pobreza extrema y generalizada. Los “barones del azúcar” eran los dueños de vidas y haciendas en Puerto Rico.
En ese momento, como consecuencia de la guerra hispano-norteamericana de 1898, que terminó con la aparatosa derrota de las tropas ibéricas, las fuerzas militares norteamericanas invadieron la isla y torcieron su rumbo histórico. La ocupación norteamericana fue cohonestada por el Tratado de París, celebrado el 11 de abril de 1899, a consecuencia del cual se produjeron la cesión de las colonias españolas de Puerto Rico y las Filipinas a Estados Unidos y el reconocimiento de la independencia vigilada de Cuba.
Desde 1900 las relaciones políticas y económicas entre Puerto Rico y Estados Unidos se rigieron por la Ley Foraker, que fue expedida por el Congreso federal para poner fin a dos años de gobierno militar norteamericano en Puerto Rico. Ella implantó la función de gobernador nombrado por el Presidente de Estados Unidos, creó una cámara de delegados sin poder efectivo y reguló con mayor precisión la administración estadounidense de la isla hasta 1917, en que se promulgó la Ley Jones para regir las nuevas relaciones de los Estado Unidos con Puerto Rico.
En 1947 el Congreso norteamericano enmendó la Ley Jones y la denominó Ley de Relaciones Federales. Esta ley hizo las veces de la Constitución que Puerto Rico no tenía e implicó una serie de disposiciones de rango constitucional referidas a la organización política de la isla, a la delimitación de su territorio, a la forma de legislar, a la estructuración y competencia de los poderes públicos, a los deberes y derechos de los ciudadanos, al comercio, a las cuestiones tributarias, a la administración de justicia y a muchos otros asuntos propios del Derecho Constitucional. Con todas las enmiendas que recibió en los años posteriores, esta ley fue sin duda el antecedente más importante de la Constitución puertorriqueña de 1952, hasta el punto de que muchos de sus preceptos tomaron forma en ésta.
Para reconstituir la relación colonial el Congreso norteamericano expidió en 1950 la Ley 600, en la que se dieron las reglas para que “el pueblo de Puerto Rico pueda organizar un gobierno basado en una Constitución adoptada por él mismo”. Esta ley, por mandato de sus propios preceptos, fue sometida a referéndum en Puerto Rico y, al ser aprobada, la Asamblea Legislativa de la isla quedó autorizada para convocar a una convención constituyente que redactara una Constitución en la que debía establecer un gobierno republicano y poner en vigencia una tabla de derechos en favor de los habitantes insulares.
Aprobada la Constitución por la convención constituyente de Puerto Rico, se la sometió a un nuevo referéndum y después a la revisión y aprobación por el Congreso de Estados Unidos, con cuya aceptación final entró en vigencia el 25 de julio de 1952. Pero antes de aprobarla, el Congreso norteamericano vetó una de sus partes —la Sección 20, referente a los derechos sociales de los puertorriqueños, entre ellos el derecho a obtener un trabajo— y agregó el condicionamiento de que toda enmienda constitucional posterior deberá mantener concordancia con la Ley de Relaciones Federales de Estados Unidos.
Esta fue la Constitución que creó el Estado Libre Asociado (ELA).
En ella se establece que el gobierno puertorriqueño tiene forma republicana y está dividido en las tres ramas clásicas: legislativa, ejecutiva y judicial. El poder de hacer las leyes se ejerce por la Asamblea Legislativa compuesta por la Cámara del Senado y la Cámara de Representantes, cuyos miembros deben ser elegidos por votación universal y directa. Un gobernador surgido del voto de los ciudadanos ejerce el poder ejecutivo por el período de cuatro años, con muy amplias facultades puesto que puede convocar a la Asamblea Legislativa o al Senado a sesiones extraordinarias, vetar los proyectos de ley y las resoluciones conjuntas de las cámaras, suspender la ejecución de las sentencias judiciales por la vía del indulto a los condenados, instaurar la ley marcial cuando la seguridad pública lo requiera, nombrar a los secretarios de gobierno —que equivalen a los ministros de Estado en los regímenes republicanos regulares—, hacer los nombramientos del aparato administrativo, designar a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia con el consentimiento de la Cámara del Senado y ejercer la comandancia de la fuerza pública. El poder judicial se ejerce por el Tribunal Supremo y los demás tribunales de justicia y judicaturas establecidos por la ley.
Como requisito para que puedan desempeñar sus cargos, todos los funcionarios y empleados del Estado Libre Asociado deben prestar un juramento de fidelidad a la Constitución de Estados Unidos de América y a la Constitución de Puerto Rico.
La Asamblea Legislativa puede aprobar enmiendas a la Constitución con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros, pero después de aprobadas deberá someterlas a >referéndum para que puedan cobrar vigencia. Mediante resolución respaldada por las dos terceras partes de sus miembros, la Asamblea Legislativa puede convocar a una <asamblea constituyente para revisar la Constitución, pero también en este caso las reformas resultantes deberán ser sometidas a referéndum. Ninguna enmienda de la Constitución podrá alterar la forma republicana de gobierno ni abolir los derechos y garantías consagrados en ella.
La Asamblea Legislativa no tiene facultad de legislar sobre materias que, según la Constitución de Estados Unidos, competen al Congreso Federal, tales como los asuntos internacionales, el servicio militar, la guardia costera, la moneda, el correo, las telecomunicaciones, el comercio exterior, los impuestos aduaneros, los embarques y fletes, la aeronavegación, las marcas y patentes y los asuntos migratorios.
La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico está sometida a las normas constitucionales norteamericanas —eso se desprende de su preámbulo que proclama “la lealtad a los postulados de la Constitución Federal”— y a algunas de sus leyes secundarias, entre ellas a la Ley de Relaciones Federales que prescribe, por ejemplo, que “los derechos, privilegios e inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos se respetarán en Puerto Rico hasta el mismo grado que si Puerto Rico fuera un estado de la Unión y sujeto a las disposiciones del inciso 1 de la sección 2 del artículo IV de la Constitución de los Estados Unidos” (que manda que los ciudadanos de un estado de la Unión disfrutarán en los demás estados de todos los derechos y privilegios de que gozan los ciudadanos de éstos). Por lo que bien se puede afirmar, como dije antes, que esta ley forma parte de la Constitución de Puerto Rico por mandato del Congreso de Estados Unidos.
La misma superposición ocurre con la ley norteamericana que mpone la pena de muerte a los autores de asaltos a mano armada a vehículos —car jacking— en los que resulte una persona muerta, no obstante que la Constitución borinqueña prohíbe la pena capital. Y ha habido casos en que, por obra de esa ley, ciudadanos de Puerto Rico han sido condenados a muerte en Estados Unidos por delitos cometidos en la isla que según la Constitución puertorriqueña no podían ser castigados con esa pena.
La Cámara de Representantes tiene la facultad de iniciar el juicio de residencia —impeachment— contra el gobernador por traición, cohecho y otros delitos graves, para lo cual deberá formular la acusación con el voto de las dos terceras partes de sus miembros ante la Cámara del Senado que, presidida por el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, actuará como juez y dictará sentencia. Para condenar al acusado a la destitución del cargo y someterlo a los tribunales de justicia el Senado deberá reunir cuando menos los votos de las tres cuartas partes de sus integrantes.
En su parte dogmática, la Constitución del Estado Libre Asociado consagra una serie de derechos y garantías de naturaleza política, económica y social. Prohíbe establecer una religión oficial o expedir normas que impidan el libre ejercicio de los cultos religiosos, manda la separación de la iglesia y el Estado, veda la utilización de fondos públicos para el sostenimiento de planteles educacionales que no sean los oficiales, consagra el >hábeas corpus, prohíbe el otorgamiento de títulos de nobleza y de otras dignidades hereditarias, autoriza la formación de sindicatos de trabajadores y la contratación colectiva, establece el derecho de huelga.
En esta materia fue un estatuto constitucional avanzado para su época.
La fórmula de la libre asociación fue impugnada por colonialista desde sus inicios por las vanguardias nacionalistas agrupadas en torno al Partido Nacionalista de Puerto Rico, liderado por Pedro Albizu Campos (1891-1965). El propio Luis Muñoz Marín (1898-1980) —que fue el principal inspirador de esta forma de organización política y posteriormente el primer gobernador elegido por los puertorriqueños— cuando fundó en los años 30 la Acción Social Independentista, que fue el germen del Partido Popular Democrático constituido en 1938, propugnaba la independencia de la isla y denunciaba vigorosamente la cruel explotación de los trabajadores agrícolas en las plantaciones de caña, los cultivos de tabaco y los cafetales. Sin embargo, a fines de los 40 modificó su pensamiento o pospuso sus proyectos independentistas, lo cual produjo una ruptura en las filas de su agrupación y llevó a los disidentes a fundar el Partido Independentista Puertorriqueño en 1946 con Gilberto Concepción de Gracia a la cabeza.
Pedro Albizu Campos estudió en las universidades de Vermont y Harvard y obtuvo varios títulos académicos. Revolucionario independentista, fogoso y combativo, estuvo varias veces en prisión por actos de rebeldía contra el estatus colonial de Puerto Rico. Dirigió varias huelgas laborales contra empresas norteamericanas afincadas en la isla. En 1950 fue inculpado como autor intelectual de un atentado frustrado contra el presidente Harry S. Truman en su residencia de la Blair House en Washington. Lo mismo ocurrió en 1954, cuando un grupo de jóvenes independentistas puertorriqueños, encabezado por Lolita Lebrón, irrumpió a tiros en la sala de sesiones de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, al grito de “¡viva Puerto Rico libre!”, presumiblemente para llamar la atención del mundo hacia la causa de la independencia puertorriqueña. Varios representantes norteamericanos quedaron heridos. Los autores fueron sentenciados a la pena capital pero el presidente Truman conmutó la sentencia por prisión perpetua. Y en 1979, tras 25 años de reclusión, el presidente Jimmy Carter les concedió indulto y salieron libres. Pero ese ataque armado al Capitolio motivó la revocación del indulto que el gobernador Muñoz Marín le había otorgado y Albizu Campos retornó a prisión, donde permaneció por diez años hasta que fue nuevamente indultado por su grave estado de salud y pocos meses después murió.
De todas maneras, la fórmula del Estado Libre Asociado fue sin duda un avance con respecto al statu quo anterior puesto que en virtud de ella Puerto Rico al menos alcanzó ciertas áreas de autogobierno e incluso consolidó la enmienda de 1947 a la Ley Jones para establecer la elección del gobernador por el pueblo puertorriqueño, ya que antes todos los nombramientos importantes se hacían desde Washington.
El gobierno norteamericano presentó a la Asamblea General de las Naciones Unidas la fórmula de libre asociación como una relación nueva, que superaba la condición colonial de Puerto Rico, y, en respuesta, la Organización Mundial expresó equívocamente, mediante la Resolución 748 de 1953, que “en la esfera de su Constitución y del acuerdo concertado con los Estados Unidos de América, el pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha sido investido de atributos de la soberanía política que identifican claramente el status de gobierno propio alcanzado por el pueblo de Puerto Rico como una entidad política autónoma”.
Aquí hay la evidencia de que la Asamblea General de las Naciones Unidas incurrió en una oscura confusión entre los conceptos >soberanía y <autonomía. Puerto Rico se tornó autónomo pero no soberano. En todo caso, los partidarios del nuevo sistema entendieron legitimada su voluntad con la resolución aprobada por la Organización Mundial, que a partir de ese momento dejó de considerar a Puerto Rico como una colonia y por tanto ya no recibió la información que sobre ella le habían entregado los Estados Unidos desde 1946, de acuerdo con el Art. 73 letra (e) de la Carta, que manda que los Estados que hayan asumido la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio estaban obligados a transmitir regularmente información sobre ellos al Secretario General.
No obstante, los delegados de los países socialistas, invocando la Resolución 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la concesión de independencia nacional a los pueblos coloniales aprobada en 1960, levantaron su protesta año tras año sobre la cuestión de Puerto Rico en la Cuarta Comisión —la comisión de los asuntos coloniales— de la Asamblea General de la Organización Mundial. En 1965 asistí como delegado de Ecuador a las deliberaciones de esta Comisión y recuerdo las encendidas argumentaciones de la viuda de Albizu Campos, doña Laura Emilia Meneses del Carpio, ciudadana peruana que representaba a Cuba.
Se diría que la fórmula de la asociación cumplió una etapa histórica necesaria. Trajo progreso industrial a un país eminentemente agrícola de amplias masas campesinas desocupadas y empobrecidas, impulsó su economía, promovió su modernización general, creó incentivos para el fomento de la producción, estableció mecanismos de beneficencia pública e instrumentó importantes cambios de orden social —en la línea del new deal del presidente Roosevelt— con las leyes de salario mínimo, la modificación de las relaciones obrero-patronales, la reforma agraria y las innovaciones tributarias. Bajo la Operación Manos a la Obra, que promovió Muñoz Marín entre 1950 y 1967, el ingreso per cápita subió de 200 dólares a 1.200. El sector industrial alcanzó hegemonía y la economía básicamente agraria se transformó en una economía fundamentalmente industrial.
Por esos años el gobierno norteamericano se empeñó en hacer de Puerto Rico un “escaparate” de la democracia y el progreso por su rápido crecimiento económico. Las páginas del "The New York Times" y de la revista "Time" saludaron efusivamente los logros de la filosofía política de Luis Muñoz Marín.
El proceso de industrialización empezó al amparo del tratamiento tributario especial que los empresarios fabriles norteamericanos obtuvieron del Congreso de Estados Unidos. La exención del impuesto a la renta y la liberación de derechos arancelarios para las exportaciones de Puerto Rico hacia Estados Unidos fueron muy importantes. Algunas de las industrias norteamericanas trasladaron sus instalaciones a la isla para aprovechar esas y otras ventajas. Hicieron lo que hoy, en los tiempos de la globalización, se denomina offshoring, para beneficiarse los salarios más bajos y de los alicientes tributarios, algunos de los cuales se extendieron hasta el año 2005. Con el desarrollo industrial se crearon nuevas fuentes de trabajo, se capitalizó la economía, se modernizó el aparato administrativo público y privado y se amplió la educación estatal. En suma, se dio un salto cualitativo muy importante en el desarrollo económico de Puerto Rico. Afirmó en 1997 Rafael Hernández Colón, el líder del Estado Libre Asociado, que sobre las instituciones autonomistas “se ha levantado la prosperidad del país y han permitido a los puertorriqueños gozar del nivel más alto de vida de los pueblos de América Latina”.
Mejoraron en la isla los servicios públicos básicos, especialmente de salud y educación, y se desenvolvieron importantes obras de infraetructura física. Se extendieron hacia Puerto Rico los programas de asistencia social del gobierno norteamericano en beneficio de los sectores pobres de la sociedad puertorriqueña. Fernando Martín García, uno de los líderes del independentismo, comenta en su ensayo “La independencia de Puerto Rico” (2006), que “estos programas, que en Estados Unidos estaban dirigidos al 10 por ciento de la población que vivía bajo el nivel de pobreza, al extenderse aunque fuera parcialmente a una sociedad donde cerca del 60 por ciento está bajo dicho nivel, convirtieron la dependencia general de nuestra economía en una dependencia personal y concreta de la mayoría de puertorriqueños que ahora recibía un cheque a su nombre del gobierno de los Estados Unidos”.
Sin embargo, hoy la fórmula parece estar en vías de agotamiento. Ha dado de sí todo lo que pudo. Y la gran discusión sigue siendo si Puerto Rico debe seguir con ella, o incorporarse como el estado número 51 a la Unión Norteamericana, o si debe alcanzar su independencia y asumir la plenitud de su gobierno propio.
En realidad estas son las tres posiciones en torno a las cuales ha transcurrido la historia puertorriqueña desde comienzos del siglo XX. Todo ha girado y sigue girando alrededor del autonomismo, el anexionismo y el independentismo. Posiciones abanderadas por los tres principales partidos políticos: el Partido Popular Democrático, el Partido Nuevo Progresista y el Partido Independentista Puertorriqueño.
Se han realizado cinco plebiscitos sobre el tema y éste ha gravitado como punto focal del debate político y de las elecciones periódicamente celebradas para la designación del gobernador y de los miembros de la asamblea legislativa de Puerto Rico.
La primera consulta popular fue la de 1952, en que se ratificó la Constitución puertorriqueña aprobada por la convención constituyente el 6 de febrero de ese año, que creó el Estado Libre Asociado.
El 23 de julio de 1967 se efectuó el segundo plebiscito sobre la condición política de Puerto Rico. En la papeleta de votación se ofrecieron tres opciones: la continuación del Estado Libre Asociado, la estadidad o la independencia. Los resultados de la consulta, que no fueron vinculantes para Estados Unidos, favorecieron a la tesis de la libre asociación con el 60,41% de los votos contra el 38,98% que obtuvo la estadidad. El Partido Independentista rehusó participar en el plebiscito e hizo campaña por la abstención del voto.
Auspiciado por el gobierno de Puerto Rico se celebró en 1993 un nuevo plebiscito sobre el tema. En él la correlación de fuerzas cambió: la posición del Estado Libre Asociado bajó al 49% mientras que la estadidad subió al 46% y el independentismo obtuvo el 4%. Como es lógico, esto alentó mucho a la posición anexionista que en los últimos años ha desplegado una intensa actividad política interna y externa en favor de su causa.
La cuarta consulta se realizó el 13 de diciembre de 1998 por iniciativa del gobernador Pedro Roselló. A pesar de que se quedó en el camino el llamado “proyecto Young”, auspiciado en los años 1996 y 1997 en el Congreso Federal de Estados Unidos por el representante republicano de Alaska, Don Young, que se proponía someter la cuestión de Puerto Rico a un nuevo plebiscito, el gobernador logró que la Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobara el 13 de agosto de 1998 la ley para la celebración del plebiscito del 13 de diciembre del mismo año, en que los puertorriqueños pudieron optar entre cuatro posibilidades alternativas.
Sin duda fue un enrevesado, complicado y mañoso plebiscito, inspirado en los designios de estadidad del gobernador Roselló, aunque los resultados le fueron contrarios.
La redacción de las preguntas fue confusa —con una confusión buscada de propósito— y de difícil comprensión hasta para los juristas. Bajo la forma de una petición de los electores puertorriqueños al Congreso de Estados Unidos para que “con toda rapidez deliberada, y tras cien años de subordinación política, se defina de manera concluyente la condición política del pueblo de Puerto Rico y el alcance de la soberanía de los Estados Unidos de América”, se propusieron cinco largas, interminables y enmarañadas opciones al electorado: 1ª) una equívoca y enredada definición jurídica del Estado Libre Asociado tomada del lenguaje utilizado por tribunales norteamericanos en varios casos relacionados con el status político de Puerto Rico; 2ª) una suerte de Estado Libre Asociado “mejorado”, en el que se ampliaba su autonomía; 3ª) la anexión de la isla a Estados Unidos; 4ª) la independencia; y 5ª) “ninguna de las anteriores”.
Triunfó la última opción con 784.842 votos contra la tercera —la de la estadidad— que obtuvo 726.766 votos.
El pliego de preguntas contenía dos que de alguna manera definían al Estado Libre Asociado, con el propósito inocultable de dividir los votos de los partidarios de este sistema en beneficio del anexionismo. Pero con mucha agudeza, estimulando y canalizando el voto-protesta contra el gobernador, el Partido Popular Democrático llamó a optar por la última posición —la del rechazo a todas las anteriores— y alcanzó el triunfo con 50,2% de los votos sobre el 46,5% de los anexionistas, el 2,5% de los independentistas, el 0,3% de la primera opción y el 0,1% de la segunda.
Con lo cual logró que continuara la vigencia de la libre asociación.
Las cosas salieron mal para el principal impulsor de la estadidad, el gobernador Roselló, puesto que con el triunfo de la opción que rechazaba todas las fórmulas propuestas se ratificó implícitamente la continuación del Estado Libre Asociado y se desechó la incorporación de su país a Estados Unidos.
De todas maneras, estaba claro que los resultados del plebiscito no tenían carácter vinculante para el Congreso norteamericano.
Con la victoria del Partido Popular Democrático y de su candidata a gobernadora Sila María Calderón en las elecciones celebradas el 7 de noviembre del 2000 se afianzó la tesis del Estado Libre Asociado sobre la de la estadidad, aunque la diferencia de votación no fue mayor: el PPD obtuvo 978.860 votos, o sea el 48,5%, mientras que el PNP alcanzó 919.194 votos, es decir el 45,7%, en unas elecciones a las que concurrió el 82,2% de la población electoral. Los electores rechazaron el acuerdo celebrado entre el anterior gobernador Roselló y el gobierno de Estados Unidos para postergar hasta el año 2003 la supresión de las prácticas de tiro de las fuerzas armadas estadounidenses en la isla puertorriqueña de Vieques.
En el año 2000, a finales de su permanencia en la Casa Blanca, el presidente Bill Clinton creó un grupo de trabajo para tratar el estatus de Puerto Rico e indagar opciones alternativas. El grupo —que fue ratificado por el presidente George W. Bush— estuvo integrado por representantes de dieciséis agencias oficiales, entre ellas la propia Casa Blanca y los departamentos de Estado, Defensa, Interior, Seguridad, Tesoro y Comercio. El grupo llegó finalmente a la conclusión de que el ELA es de naturaleza “colonial” y “transitoria” y que, por tanto, deben los ciudadanos puertorriqueños decidir mediante un referéndum si desean continuar o no con él. En caso positivo, el referéndum deberá repetirse después de seis años. En caso negativo, es decir, si optaran por la descolonización, deberá celebrarse una segunda consulta popular para decidir su independencia o su anexión como el estado 51 a la Unión norteamericana.
La reunión ministerial de los Países No Alineados, celebrada en Putrajaya, Malasia, del 27 al 30 de mayo del 2006, reafirmó el derecho del pueblo de Puerto Rico a su independencia nacional, como una nación latinoamericana y caribeña.
El 12 de junio del 2006 el Comité de Descolonización de la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad una Resolución que, invocando la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de 14 de diciembre de 1960, reafirmó “el derecho inalienable del pueblo puertorriqueño a la libre determinación e independencia”, puesto que “constituye una nación latinoamericana y caribeña que tiene su propia e inconfundible identidad nacional”, y, en consecuencia, llamó “al Gobierno de los Estados Unidos de América a asumir su responsabilidad de propiciar un proceso que permita que el pueblo de Puerto Rico ejerza plenamente su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia”.
Todo demuestra que aunque el Estado Libre Asociado se presenta hoy como un anacronismo colonial, la tesis de la estadidad no parece viable como posición alternativa aunque cuente con un respaldo popular importante en la isla, entre otras razones porque los norteamericanos no la quieren. Muchos sectores de la sociedad estadounidense recelan de la anexión de una comunidad que tiene otra cultura y otra lengua y no desean más minorías ni más conflictos culturales y étnicos en su seno. El auge de una suerte de neonacionalismo —uno de cuyos síntomas más visibles es la política antiinmigratoria practicada por su gobierno— ha suscitado en la sociedad estadounidense preocupaciones por la diversidad étnica y la falta de homogeneidad cultural, que pueden profundizar sus trizamientos.
Se reconoce que Puerto Rico es cultural y étnicamente una nación, que su idiosincrasia es distinta de la norteamericana y que sus valores éticos y estéticos son diferentes. Que por consiguiente la anexión significaría la creación de un enclave cultural y, hasta cierto punto, una amenaza para el sistema político norteamericano.
La admisión de Puerto Rico como un nuevo estado de la Unión enfrenta además obstáculos políticos, geopolíticos y financieros porque el nuevo estado tendría derecho a dos senadores y seis representantes en el Congreso federal —o sea una representación mayor que la de muchos de los estados de la Unión—, cosa que no es del agrado de los círculos de poder norteamericanos, especialmente en el lado republicano, puesto que sería crear un grupo de tensión en favor de las reivindicaciones de las minorías en las propias entrañas del Congreso federal. Desde el punto de vista geopolítico, con la terminación de la guerra fría la posición estratégico-militar de la isla ha perdido importancia. Y, desde la consideración financiera, la anexión representaría para Estados Unidos ingentes egresos presupuestarios adicionales.
Tampoco la tesis de la independencia ha tenido mucho respaldo en la isla hasta el momento, no obstante que han resultado fallidos los esfuerzos por “norteamericanizar” la sociedad puertorriqueña y pese a que la tradición independentista es muy arraigada desde los tiempos de la colonia. Recordemos que Eugenio María de Hostos soñaba con la confederación antillana —la patria grande, decía— cuando recogía dinero para la emancipación de Cuba y Puerto Rico y que el 23 de septiembre de 1868 se dio el llamado Grito de Lares, patrocinado por los patriotas puertorriqueños acaudillados por Ramón Emeterio Betances, que fue una rebelión armada contra España que, aunque frustrada, se convirtió en un símbolo de la causa de la independencia de Puerto Rico.
Durante los años 1996 y 1997 se discutió en la Cámara de Representantes de Estados Unidos el proyecto propuesto por el representante Don Young, que buscaba promover una serie de consultas a los votantes puertorriqueños, a lo largo de varios años, acerca de sus preferencias con respecto a su relación con Estados Unidos. Y si bien los resultados de tales consultas no tendrían carácter vinculante para este país —cuyo gobierno mantendría siempre la facultad de decidir, en caso de que triunfara la opción anexionista, si pone o no en práctica un plan de transición para viabilizar la voluntad de los puertorriqueños—, se proponía esclarecer el designio político insular. Pero esta iniciativa no prosperó. El proyecto fue sometido a votación en la Cámara de Representantes el 4 de marzo de 1998 y fue aprobado por un voto de diferencia. Se puso luego a consideración del Senado, que celebró vistas públicas —oversight hearings— sobre el tema, pero que no llegó a votar el proyecto de Young ni las propuestas que al respecto formularon los senadores Craig y Murkowsky. Lo que en el fondo ocurrió fue que el Senado norteamericano no estuvo dispuesto a reconocer la estadidad de Puerto Rico por las razones ya mencionadas. Le asustaba la posibilidad de incorporar una nacionalidad distinta a la de su medio —con sus propios valores, costumbres, lenguaje e idiosincrasia—, que significaría una asechanza para la cohesión social de su país. Hay que considerar que el 60% de la población puertorriqueña no habla inglés, el 20% sabe algunas palabras de este idioma y sólo el 20% tiene un cierto dominio sobre él. Tampoco la creciente inmigración puertorriqueña dejaba de inquietarle: de los 5,8 millones de puertorriqueños que eran en ese momento, dos millones estaban en Estados Unidos a fines de siglo. Todos los días salen hacia allá miles de boricuas en búsqueda de nuevas formas de vida. En año 2009 los >hispanos, en general, constituían la minoría más numerosa en Estados Unidos puesto que representaban alrededor del 20% de su población. Pero además preocupaba al Congreso la carga fiscal que la anexión representaría para la economía norteamericana, cuando ya algunos sectores políticos del norte han mostrado su inquietud por los altos costos de sobrellevar el propio Estado Libre Asociado.
Para entender la historia de Puerto Rico y, en general, del Caribe en el último siglo, hay que partir de las ideas del destino manifiesto que surgieron tempranamente en los círculos del poder de Estados Unidos y que inspiraron la formación de un Estado de dimensiones continentales, poderoso y dominante, flanqueado por los dos océanos. Todo el expansionismo norteamericano tiene esta explicación, desde la conquista del oeste hasta la construcción del Canal de Panamá. Invocando la “naturaleza de las cosas” los norteamericanos se anexaron California, promovieron las guerras contra México, conquistaron Texas, compraron Loussiana a Francia, Florida a España y Alaska a Rusia, incursionaron en el Caribe, intervinieron en las Filipinas y en Guam, invadieron Cuba y le impusieron la enmienda Platt y el enclave de Guantánamo, promovieron la independencia panameña para construir el canal, implantaron el protectorado económico sobre la República Dominicana y desataron la guerra hispano-norteamericana de 1898, como consecuencia de la cual concedieron la independencia a Cuba pero se quedaron con Puerto Rico.
Desde remotos tiempos la tierra borinqueña vivió una historia torturada por las asechanzas y agresiones de los caribes, por la insaciable codicia de los conquistadores y los encomenderos, por la acción de los filibusteros ingleses y holandeses que hollaron esas tierras en búsqueda de riquezas y finalmente por la dominación norteamericana que sometió a Puerto Rico a los vaivenes de su política internacional, a las estrategias de la Segunda Guerra Mundial y a los movimientos del ajedrez geopolítico que adelantaron las superpotencias en el curso de la guerra fría.
En los últimos años la oposición al Estado Libre Asociado ha provenido paradójicamente desde dos ángulos opuestos: el de quienes anhelan convertir a la isla en un estado de la Unión Norteamericana, con los mismos derechos y deberes que los cincuenta estados que hoy la integran, y el de los independentistas que, bajo el liderato de Rubén Berríos, Fernando Martín y otros dirigentes, tienen ya una larga tradición de lucha y sacrificio en favor de la emancipación política de Puerto Rico.
El Partido Nuevo Progresista (PNP), fundado en 1967 por el industrial Luis A. Ferré, sostiene la tesis anexionista mientras que el Partido Independentista brega por la emancipacción de la isla.
Durante la vida del Estado Libre Asociado han alternado en el poder los dos principales partidos —el Popular Democrático y el Nuevo Progresista— en el marco de un sistema bipartidista. Por la gobernación han desfilado sus principales líderes: Luis Muñoz Marín (PPD), Roberto Sánchez Vilella (PPD), Luis A. Ferré (PNP), Rafael Hernández Colón (PPD), Carlos Romero Barceló (PNP), Rafael Hernández Colón (PPD), Pedro Roselló (PNP), Sila María Calderón (PPD), Aníbal Acevedo Vilá (PPD), Luis Fortuño (PNP), Alejandro García (PPD).
En marzo del 2008 ocurrió un episodio inédito en la política puertorriqueña: el gobernador Aníbal Acevedo, líder del Partido Popular Democrático —y, en ese momento, candidato a la reelección—, fue procesado penalmente por la Corte Distrital estadounidense, bajo varios cargos de corrupción en el ejercicio del poder. No fueron las fuerzas políticas de oposición las que promovieron el enjuiciamiento sino el propio aparato judicial federal de Estados Unidos contra el líder del partido más afín con el sistema de la libre-asociación.
En las elecciones del 4 de noviembre del 2008 triunfó con el 52,78% de los votos el abogado conservador Luis Fortuño del PNP y asumió la gobernación de Puerto Rico el 2 de enero del 2009.
En la nueva consulta plebiscitaria del 6 de noviembre del 2012 sobre el estatus político de Puerto Rico —celebrada conjuntamente con las elecciones presidenciales de Estados Unidos— el 61,1% de los votantes puertorriqueños se pronunció por la estadidad, es decir, por la conversión de Puerto Rico en el estado número 51 de la Unión Norteamericana; el 33,3% optó por el Estado Libre Asociado y el 5,5% por la independencia. Fue la primera vez que triunfó esta opción en el país caribeño. No obstante, en las elecciones triunfó como Gobernador Alejandro García, candidato del Partido Popular Democrático. Pero el resultado plebiscitario, según la legislación norteamericana, no tuvo carácter vinculante para Estados Unidos y quedó en manos de su Congreso Federal decidir si prosperaba o no la idea de la incorporación puertorriqueña.
Pero hay un tercer partido de importancia, que es el Independentista. Fundado en 1946 por el doctor Gilberto Concepción de Gracia, este partido unificó a todos los sectores independentistas que hasta ese momento se encontraban dispersos y ha desarrollado una actividad política intensa, primero bajo la autoridad de su fundador y, después de su muerte, bajo el liderazgo del Lic. Rubén Berríos Martínez.
Los clamores por la independencia se iniciaron a principios de siglo con José de Diego, Rosendo Matienzo y Eugenio Benítez Castaño, pero fueron sucesivamente acallados por la primera y segunda guerras mundiales y luego por la >guerra fría. Concomitantemente con la gran crisis depresiva de la economía mundial de los años 30 surgió una figura muy fuerte del independentismo: la de Pedro Albizu Campos, un abogado puertorriqueño educado en Harvard, fundador del Partido Nacionalista de Puerto Rico, con claras tendencias antiimperialistas, que propugnó la lucha independentista incluso por métodos violentos.
El gobierno norteamericano respondió con mano dura contra todo intento de independencia. Los sospechosos de “independentismo”, “subversión”, “pacifismo”, “separatismo”, “disidencia” o “comunismo”, que por entonces eran más o menos la misma cosa ante los ojos de los gobiernos de Washington, fueron perseguidos o discriminados. En ese tiempo el sólo agitar la bandera puertorriqueña era un delito. Los defensores de los derechos civiles se presentaban como altamente sospechosos de subversión y había que vigilarlos. Los servicios secretos y las autoridades policiales de Puerto Rico levantaron expedientes de los “subversivos” sometidos a control y promovieron con frecuencia acciones de hostigamiento o de discriminación contra ellos.
De ahí que en el verano de 1987 la opinión pública de la isla fuera conmovida por la revelación de que la División de Inteligencia de la Policía se había dedicado por largos años a husmear la vida privada del miles de ciudadanos, de quienes se presumía que abrazaban ideas independentistas, y había recopilado secretamente decenas de miles de expedientes —carpetas, se las llamaba— que contenían toda clase de informaciones y datos de su vida privada. Los reales o supuestos “subversivos” eran de todas las edades y capas sociales. 75.000 de ellos estaban fichados. Y se encontraron además alrededor de 60.000 tarjetas correspondientes a organizaciones de diverso tipo, vehículos, embarcaciones y áreas geográficas. Por eso generalmente se hablaba de 135.000 fichados. En las listas no sólo había puertorriqueños sino también norteamericanos, dominicanos y cubanos, residentes en Puerto Rico o en Estados Unidos. Los nombres de Eugene V. Debs, dirigente del Partido Socialista Norteamericano; de William D. Haywood, secretario general de Industrial Workers of the Word (IWW); de la dirigente anarquista Emma Goldman y de muchísimos otros líderes contestatarios norteamericanos y extranjeros estaban incluidos en las listas.
Eran los tiempos de la guerra fría.
A despecho de las normas constitucionales puertorriqueñas, notablemente avanzadas para la época, la seguridad policial, valiéndose de toda clase de procedimientos reñidos con la ley —interferencia telefónica, espionaje, infiltración—, logró reunir abundante información sobre personas y grupos a quienes consideraba “subversivos” porque no compartían la idea del Estado Libre Asociado.
La perturbación de la opinión pública puertorriqueña fue enorme, no obstante que ya desde marzo de 1971, en que un grupo de ciudadanos norteamericanos divulgó informaciones de documentos secretos sustraídos del Federal Bureau of Investigation (FBI) en Media, Pennsylvania, había sospechas de la existencia de esta clase de operaciones. Los grupos defensores de los derechos civiles elevaron sus protestas y exigieron explicaciones. La investigación de la Cámara de Representantes y del Senado de Estados Unidos entre 1975 y 1976 en torno al llamado escándalo de >watergate coadyuvó al esclarecimiento de las actividades ilegales del FBI. Pero además la Cámara de Representantes puertorriqueña pidió explicaciones a la Policía de la isla, la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico inició una investigación y el gobernador Rafael Hernández Colón y el secretario de Justicia calificaron a la acción policial de inconstitucional porque vulneraba el “derecho a la intimidad” de los puertorriqueños.
Indudablemente que desde la década de los años 30, por razones geopolíticas e ideológicas vinculadas con las amenazas nazifascista y comunista, se abrió en Estados Unidos un período de intensificación de las actividades de vigilancia política. En 1936 el Director del FBI, Edgar Hoover, instruyó a sus agentes para que acopiaran informaciones minuciosas sobre las “actividades subversivas que se lleven a cabo en Estados Unidos por comunistas, fascistas y representantes o defensores de otras organizaciones o grupos que promuevan el derrocamiento o sustitución del gobierno de Estados Unidos”. Sin duda que en esto había una cierta dosis de histerismo macartista. Nadie razonablemente podía pensar que la institucionalidad política norteamericana estaba en peligro. Pero así fue la instrucción de Hoover. Y ella dio lugar a una serie de excesos de espionaje doméstico y de asedio a ciudadanos sospechosos de profesar “ideas foráneas”.
En este contexto se desarrollaron más tarde en Puerto Rico los sistemas operativos secretos conocidos bajo el código de COINTELPRO —criptograma que correspondía a Counter-Intelligence Programs—, que se iniciaron en Estados Unidos a partir de 1956 y en la isla puertorriqueña en 1960, en pleno fragor de la guerra fría.
En lo que a Puerto Rico se refiere, el propósito central del COINTELPRO fue silenciar y desarticular toda expresión organizada de reclamo de su independencia. Para eso se levantaron decenas de miles de expedientes y de fichas con toda la información posible de los sospechosos.
El llamado “carpeteo” fue una práctica de varios años. En la División de Inteligencia de la Policía de Puerto Rico era usual referirse a los expedientes como “carpetas” y a la acción de llenarlos como “carpetear”. Bajo ese programa se levantaron los famosos expedientes que ciertamente plantearon un cuadro de esquizofrenia entre la progresista carta de derechos establecida en la Constitución del Estado Libre Asociado, que garantizaba un esquema muy amplio de derechos civiles y el pleno respeto a las prerrogativas individuales y sociales, y las prácticas de investigación a que estuvieron sometidos decenas de miles de ciudadanos en razón de sus ideas políticas. En realidad, la teoría democrática propugnada desde los comienzos de la vida independiente de Estados Unidos por sus más preciados líderes en modo alguno podía compaginarse con el “carpeteo” y la exclusión de ciudadanos puertorriqueños.
Desde la terminación de la Segunda Guerra Mundial la pequeña isla de Vieques, situada al sureste de Puerto Rico, fue convertida por Estados Unidos en un campo de tiro para el entrenamiento de sus fuerzas armadas. En 1999 un avión de la Marina bombardeó por error un puesto de guardia y mató a un centinela puertorriqueño. La ola de indignación que esto provocó entre los 9.300 habitantes de la pequeña isla y en el pueblo boricua obligó al gobierno norteamericano a suspender las prácticas de tiro. Grupos de nacionalistas puertorriqueños, liderados por Rubén Berríos, se posesionaron de la zona para impedirlas. Argumentaban, entre otras razones, que los efectos de los bombardeos habían aumentado dramáticamente la incidencia del cáncer de la piel, que en la isla era un 27% más alta que en el resto de Puerto Rico. Pero el 4 de mayo fueron desalojados por agentes del FBI del lugar donde habían permanecido por 364 días. Berríos fue luego a la cárcel por cuatro meses, bajo la acusación de “entrada no permitida en instalaciones militares”. Este episodio y la reanudación de los bombardeos, desembarcos anfibios y operaciones submarinas decretada por el presidente Biil Clinton dejó en el pueblo de Puerto Rico un hondo resentimiento.
Las prácticas volvieron a producirse en mayo del año siguiente, bajo la administración de George W. Bush. El senador y líder del Partido Independentista Rubén Berríos, junto a varios otros dirigentes, fue detenido, esposado y tratado con la mayor dureza por efectivos de la Marina norteamericana y sometido a juicio por su participación en acciones de protesta contra los bombardeos, lo cual levantó una ola de reproches en la opinión pública latinoamericana.
El 29 de julio del 2001 los ciudadanos de Vieques acudieron a las urnas para expresar su voluntad en un plebiscito no vinculante acerca de las prácticas de tiro. El 68% de los 4.744 votos emitidos fue por que la marina de guerra norteamericana pusiera fin inmediatamente a ellas. No obstante lo cual, un portavoz de la armada estadounidense indicó ese mismo día que el resultado de la consulta popular no cambiaba la posición del Pentágono, de modo que las prácticas de tiro de la armada se reanudaron cuatro días después y prosiguieron hasta el 1º de mayo del 2003.
Tal como lo había ofrecido el presidente George W. Bush, la Marina de Estados Unidos concluyó el sábado 8 de febrero de ese año su última ronda de bombardeos en la isla de Vieques. El crucero Ticonderoga, equipado con cohetes teledirigidos, participó en los ejercicios. Los habitantes de la isla celebraron con alegría el final de las maniobras que se iniciaron en 1947. De acuerdo con el cronograma previsto, las fuerzas navales norteamericanas se retiraron de la pequeña isla de 200 kilómetros cuadrados en la medianoche del jueves 1 de mayo.
En otro lugar del planeta, inspirados en sus afanes autonómicos, los vascos pretendieron crear en España la figura del “Estado libre-asociado”. Presentaron a finales de octubre de 2003 un proyecto de ley denominado Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi —mejor conocido como plan Ibarretxe, en consideración a Juan José Ibarretxe, a la sazón Presidente de la comunidad vasca— que planteaba convertir a la comunidad en “Estado libre-asociado” de España. El proyecto suscitó una gran conmoción en la opinión pública española porque implicaba la impugnación al Estatuto de Guernica y a las condiciones en que el País Vasco se incorporó a la Constitución española de 1978, y planteaba una forma de inserción diferente de la establecida en ella.
Pero el plan Ibarretxe —aprobado por el parlamento vasco el 30 de diciembre del 2004— fue rechazado por una amplia mayoría del Congreso de los Diputados el 1 de febrero del 2005 por considerarlo contrario a la Constitución española de 1978. Se impuso el voto contrario de 313 diputados —pertenecientes al Partido Socialista Obrero Español (PSOE), al Partido Popular (PP), a la Izquierda Unida (IU) y a otros grupos menores— sobre 29 votos a favor y dos abstenciones.
El Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, que era una verdadera Constitución llamada a regir los destinos de la comunidad, partiendo de la premisa de que “el Pueblo Vasco o Euskal Herria es un Pueblo con identidad propia en el conjunto de los pueblos de Europa, depositario de un patrimonio histórico, social y cultural singular, que se asienta geográficamente en siete Territorios actualmente articulados en tres ámbitos jurídico-políticos diferentes ubicados en dos estados”, invocó el derecho de autodeterminación de los pueblos y proclamó su “voluntad de formalizar un nuevo pacto político para la convivencia (…) que se materializa en un nuevo modelo de relación con el Estado español, basado en la libre asociación y compatible con las posibilidades de desarrollo de un estado compuesto, plurinacional y asimétrico”.
Por tanto, “se constituyen en una Comunidad vasca libremente asociada al Estado español bajo la denominación de Comunidad de Euskadi”, que ejercerá el poder legislativo a través del parlamento vasco, el poder ejecutivo por el Lehendakari y los demás órganos de gobierno y el poder judicial por medio de sus instituciones propias, con arreglo a los principios de la separación de poderes.
En función del Estatuto, la comunidad vasca podría suscribir acuerdos, convenios y protocolos con instituciones y organismos internacionales, en los ámbitos de su propia competencia, para la defensa y la promoción de los intereses de los ciudadanos y ciudadanas vascos.
La formalización por parte del gobierno español de tratados y convenios internacionales que supongan una alteración o restricción de las competencias recogidas en el Estatuto Político exigiría la autorización previa de las instituciones gubernativas vascas.
La idea era, pues, crear en Europa otro régimen de Estado libre-asociado, llamado a regir las relaciones entre España y la comunidad vasca.