Las funciones de un agente diplomático se inician a partir de una ceremonia especial llamada de “presentación de credenciales”, que se realiza con mayor o menor solemnidad de acuerdo con las usanzas protocolarias de los diversos Estados, en la que el representante diplomático entrega al jefe del Estado receptor un documento denominado “carta credencial”, suscrito por el jefe del Estado acreditante, en el que éste presenta a su representante ante el otro gobierno, designa su rango y señala el propósito general de su misión. A partir de ese momento el representante queda facultado para desempeñarla.
Cuando se trata de acreditar embajadores o ministros plenipotenciarios, la carta credencial va dirigida al jefe del Estado receptor y lleva la firma del jefe del Estado acreditante y el refrendo de su ministro de asuntos exteriores. Cuando se acredita a encargados de negocios el documento está firmado por el ministro de asuntos exteriores y se dirige al funcionario de igual rango en el otro Estado.
Los términos del documento obedecen generalmente a un modelo universal. Lleva el encabezamiento tradicional de “grande y buen amigo” y en él se manifiesta que, en el deseo de estrechar las relaciones de amistad que existen entre los dos Estados, el jefe de uno de ellos ha resuelto acreditar ante el otro a determinada persona como embajador extraordinario y plenipotenciario y que, por tanto, solicita a su gobierno que se sirva reconocer la alta investidura del enviado diplomático y “dar entera fe y crédito a cuanto él dijere”.